CADENA N° 05/2023
PARA: Todos los Niveles y Modalidades |
Referencia: INSCRIPCION LISTADO 108 B IN FINE 2023 |
Caseros, 08/02/2023 |
Se solicita a los Equipos de Conducción notificar y dar amplia difusión que según ME-2023-03741921-GDEBA-DGADODGCYE que se adjunta, el periodo
Inscripción para los listados 108 B 2023 será:
DESDE EL 15/02/2023 HASTA EL 31/12/2023
1_ A partir de esa fecha se habilitará en la página de la SAD un nuevo botón de formulario GOOGLE para solicitar la inscripción al listado y adjuntar la documentación pertinente que se solicite .
2_ La SAD podrá solicitar documentación que falte o que no se visualice y será adjuntada a:
sad117listados@abc.gob.ar
en formato PDF o JPG indefectiblemente nítida.
Referencia: Nombre, apellido y listado al que se inscribe.
3_ La SAD informará a los interesados cuando la inscripción se haya realizado
REQUISITOS:
LISTADO 108 B IN FINE:
Tener en cuenta que no es obligatoria la presentación del título secundario, salvo en los casos que su condición de título lo requiera.
- Planilla de Declaración Jurada de inscripción para los Listados 108 B 2023, disponible para la descarga desde http: www.abc.gob.ar
- Foto de DNI, anverso y reverso.
- Constancia de alumno/a regular actualizada al momento de la inscripción. Aquellas emitidas con fecha noviembre/diciembre 2022 serán válidas para inscripción febrero/marzo/abril.
- Las presentaciones posteriores deberán ser actualizadas al ciclo lectivo y/o calendario académico 2023 donde se especifique el porcentaje de materias aprobadas y la condición de alumno/a regular 2023. Cabe aclarar que la condición de alumno/a regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B y su In Fine.
- Las constancias que consignen que los/as aspirantes hayan aprobado el 100% de las materias y no cuentan con el certificado de título en trámite emitido por la institución educativa, (constancia oficial de las 3 firmas para el caso de institutos superiores dependientes de la provincia de Bs. As.) se considerarán con el 100% de materias aprobadas para el Ítem 1 del listado 108 B. No corresponde la inclusión en el Listado 108 A.
- Corresponde la inclusión en este listado de los/as aspirantes que presentan títulos de profesionales y/o técnicos sin capacitación docente.
- Es de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que establece: “ARTÍCULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina. ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazando para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente”
ME-2023-03741921-GDEBA-DGADODGCYE
Secretaría de Asuntos Docentes
Tres de Febrero