Archivo de la categoría: PAD

CADENA N° 40/2025 CONTRALOR – ACCIONES ESTATUTARIAS 2025

CADENA N° 40/2025

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y        MODALIDADES 

Referencia:  CONTRALOR – ACCIONES ESTATUTARIAS 2025
 Caseros,  24 de FEBRERO de 2025

 

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

Esta Secretaría de Asuntos Docentes remite en adjuntos, comunicación producida por la Dirección de Contralor en relación a las acciones estatutarias 2025 para su conocimiento e intervención.

IMPORTANTE:

Hasta el día 07/03/2024 es el período de recepción de documentación vía PAC en SUNA únicamente. De acuerdo al tipo de movimiento puede ser PAC-MAD-DESTINO DEFINITIVO (Movimiento) o  PAC-ACRECENTAMIENTO-TITULAR INTERINO (Ingreso).

Los mismos estarán habilitados para el fin de la semana que viene.

No utilizar el PAC-D para las acciones estatutarias.

Saludos cordiales

SAD 117

TI_NUEVOS

TI_AUTODESPLAZADO

MAD-Proviene De 2025

DEST- DEFIN 2025

Acc_Estatutarias2025

MAD-Pase A 2025

Calendario 2025

ACRECENTAMIENTO 2025

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

CADENA N°527/2024 – PAD OFICIO FINES DE CONCURSO DE DIRECTIVOS DEL NIVEL SECUNDARIO

CADENA N°527/2024 

 

PARA: SECUNDARIO

Referencia: PAD OFICIO FINES DE CONCURSO DE DIRECTIVOS DEL NIVEL SECUNDARIO
 Caseros,  15 de NOVIEMBRE de 2024

 

La SAD Tres de Febrero INFORMA QUE:

En el marco de la Resolución N°3866/24 de llamado a CONCURSO DE DIRECTIVOS TITULARES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE NIVEL SECUNDARIA se establece en el ARTÍCULO 7°: “Considerar el Puntaje Docente al 31 de diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable, según tabla de conversión que luce como Anexo 7, IF-2024-35330149-GDEBA-DTCDGCYE que consta dos (2) páginas, y se declara parte integrante de la presente resolución”.

En este sentido, la SAD TRES DE FEBRERO recepcionará por el correo pad2020sad117@abc.gob.ar a aquellos docentes aspirantes que no cuentan con su Puntaje Anual Docente 2023 (PAD 2023) y/o no figuran en el listado (docentes omitidos), a los efectos de dar intervención al Departamento de Puntaje Anual Docente, dependiente de la Dirección de Tribunales de Clasificación.

Para ello deberán escribir un correo al mail antes mencionado donde se indique:

EN ASUNTO: PAD OFICIO FINES DE CONCURSO – NOMBRE Y APELLIDO DEL DOCENTE – DNI

En el cuerpo del mail deberán enviar:

NOMBRE Y APELLIDO:

DNI:

ESCUELA:

CARGO:

DEBERÁN ADJUNTAR TAMBIÉN EL COMPROBANTE DE INSCRIPCIÓN AL CONCURSO.

Cualquier duda escribir al mail pad2020sad117@abc.gob.ar

Saludos Cordiales

 

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

CADENA N° 152/22 – PAD 2022 PROCEDIMIENTO NOTIFICACIÓN Y DOCUMENTO DE APOYO 

CADENA N° 152/22

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES

Referencia: PAD 2022 PROCEDIMIENTO NOTIFICACIÓN Y DOCUMENTO DE APOYO 
Caseros,  2  de MAYO de 2022

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

La SAD de Tres de Febrero solicita notificar a la totalidad de docentes titulares de su Institución el siguiente comunicado y  el contenido de los documentos adjuntos

   Les comunicamos que, de acuerdo al calendario de Actividades Docentes , a partir del día 4 de Mayo y hasta el 18 de mayo a las 12 hs , todos los docentes titulares de la Gestión Estatal podrán verificar y notificarse del PAD 2022 en la Página ABC  , a través del aplicativo que se encuentra en el portal SERVADO. El mismo estará disponible a partir de dicha fecha.

Se envía para su conocimiento e intervención los siguientes documentos:

  • El Procedimiento de Notificación de PAD 2022.
  • Documento de Apoyo PAD 2022.

» El Puntaje Anual Docente (PAD) 2022, se visualizará en la Página ABC (www.abc.gob.ar)

ingresando al Espacio Web SERVADO PAD, desde el 4 de mayo de 2022 hasta el 18 de mayo
2022 a las 12 Hs.
Durante el período establecido, los/las docentes deberán ingresar con el usuario de ABC –
SERVICIOS para validar su identidad. En el espacio web SERVADO PAD, podrán visualizar el
PAD 2022 y de ese modo se dará por notificado del mismo.
La acción de verificar el PAD 2022 es obligatoria para todos/as los/las docentes titulares de la
gestión estatal que pertenecen al sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires dependiente
de la DGCyE.
Visualizado el PAD 2022 en el portal ABC, el/la docente podrá hacer uso del derecho a recurrir el
puntaje cuando se encuentre disconforme con el PAD notificado o en caso de verificar alguna
omisión del mismo. Podrá, entonces, desde el mismo Espacio Web, manifestar su
disconformidad mediante el botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando el mismo
identificado como RECURRIDO en el SERVADO PAD.

A los fines de interponer el recurso, el/la docente, deberá enviar el mismo vía correo electrónico
de las SAD de cada distrito (cuenta @abc) donde deberá tramitar el recurso por PAD 2022 (los
correos electrónicos son los que se habilitaron para este fin en el ciclo 2020).
Los recursos de revocatoria podrán ser recepcionados por las Secretarías de Asuntos Docentes
(vía mail) hasta diez (10) días hábiles posteriores a la finalización del período de exhibición,
siempre que el/la docente hubiera recurrido su PAD 2022, dentro del período de exhibición, en el
portal SERVADO PAD 2022.

Quienes necesiten realizar este trámite se solicita rellenar el formulario adjunto  y enviar la documentación respaldatoria necesaria, según documento de apoyo para cada caso, al mail pad2020sad117@abc.gob.ar

El botón de reclamo también se encontrará activo en la página de la SAD www.sad117.com.ar  en la presente cadena.

RECLAMOS PAD 2022

En el cuerpo del correo electrónico, deberá indicar con claridad el motivo de la disconformidad y
será necesario que adjunte la planilla de reclamo PAD 2021, (podrá descargarse desde
SERVICIOS ABC) junto a las probanzas -digitalizadas- que respalden su petición, a fin de que
sean consideradas, conforme lo establece la Ley 10579, Cap. X y el artículo 52° del Decreto
2485/92 modificado Decreto 441/95.
La respuesta al recurso, será notificada al/la docente mediante el envío de un correo electrónico a
la casilla @abc. Asimismo, se publicará la rectificación del PAD que eventualmente corresponda,
en el Espacio Web SERVADO PAD donde podrá ir verificando el PAD rectificado.
En caso de que el/la docente continúe en disconformidad se obrará de acuerdo a lo establecido en
la Ley 10579, Cap. XXIV.
Transcurrido el período indicado en el primer párrafo, el PAD 2022 correspondiente al/la docente
que no hubiese planteado disconformidad y actuado de acuerdo a lo expresado en los párrafos
precedentes, es decir, que no haya interpuesto recurso, tendrá por firme y consentido el PAD
2022 notificado a través del portal.
Las SAD deberán difundir por todos los medios de comunicación disponibles el período de
notificación y presentación de recursos al PAD 2022.
Los equipos directivos de los establecimientos educativos deberán poner en conocimiento
el procedimiento de notificación de PAD 2022 a todos los/las docentes titulares del
establecimiento a cargo.
CRONOGRAMA

Se solicita también leer el documento de apoyo adjunto y se recuerda la Normativa para PAD de acuerdo a la Ley 10.579 y Dto. Reglamentario 2485/92

Art 50. A 1) Los títulos habilitantes son valorados para PAD siempre que estén registrados hasta el 30/09/2019 y deben listar en los nomencladores vigentes.

Art 50. A 2 y 3) Los títulos Bonificantes son valorados para PAD que estén registrados hasta el 30/09/2019 y deben listar en los nomencladores vigentes

Art 50. A 4) Para desempeño jerárquico se valoran ciclos lectivos completos (de marzo a diciembre) y en la Dirección de Enseñanza respectiva hasta un máximo de 10 años.

Art 50. B) Para antigüedad de PAD se considera el desempeño en la misma Dirección de Enseñanza y cargo.

Art 53) Establece la antigüedad para el segundo cargo.

Art 50. C) El promedio, es el resultado de la suma del total de las calificaciones obtenidas en el cargo en que reclama hasta dos años anteriores al del Puntaje actual, Art 129.

Se adjunta documento de apoyo

DOCUMENTO DE APOYO PAD 2022 IF-2022-12689804-GDEBA-DGADODGCYE

PROCEDIMIENTO NOTIFICACION PAD IF-2022-12612306-GDEBA-DGADODGCYE

CADENA N° 121/2021 – RECLAMO PAD – REITERACIÓN Y AMPLIATORIA

CADENA N° 121/2021

PARA: todos los Niveles y  Modalidades 

Referencia: RECLAMO PAD – REITERACIÓN Y AMPLIATORIA

Caseros,  10 de mayo  2021

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN

La Secretaria de Asuntos Docentes de Tres de Febrero reitera información oportunamente difundida por Cadena 110/21:

Cada docente que deba recurrir su PAD debe INDEFECTIBLEMENTE completar el formulario que se encuentra en la página de SAD o en el siguiente link: RECLAMOS PAD 2021 de lo contrario su reclamo no se dará por completo.

OBSERVACIÓN IMPORTANTE:

Esta SAD además solicita a los docentes que tengan desempeño en cargos jerárquicos con continuidad en el ciclo lectivo 2020  corroboren en el PAD 2021 si esa bonificación se encuentra manifestada correctamente ya que hemos detectado que en muchos casos no se ha actualizado en dicho puntaje. 

Muchas gracias

SAD 117

CADENA N° 110/2021 – Circuito reclamos  PAD 2021

CADENA N° 110/2021 RECTIFICADA

PARA: todos los Niveles y  Modalidades 

Referencia:  Circuito reclamos  PAD 2021

Caseros,  3 de mayo  2021

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

La Secretaria de Asuntos Docentes de Tres de Febrero, da difusión al circuito que deberá seguirse para reclamar  PAD 2021. 

Todo docente que aparezca en el abc con PAD 2021 y debiera  recurrirlo o rectificarlo por errores, deberá hacerlo en el siguiente orden:

 1) Primero desde su ABC/ SERVADO/PAD  (Se solicita también leer el documento de apoyo adjunto y se recuerda la Normativa para PAD de acuerdo a la Ley 10.579 y Dto. Reglamentario 2485/92) desde el 4 de mayo de 2021 hasta el 17 de mayo de 2021 a las 12 hs. QUIENES NO CUENTEN CON PAD PARA RECURRIR DESDE SU ABC, SOLO COMPLETAR PUNTO 2).

2) Una vez hecho el reclamo en el abc cada docente deberá completar el formulario desde la página de SAD (fundamental para que su reclamo quede firme), adjuntando la documentación respaldatoria en formato PDF. Recuerde que deberá ingresar con su mail oficial del abc. Para aquellos docentes que no cuenten con el PAD en al abc, deberán completar el formulario de la página de SAD (Como se indica en el punto 1)

Se adjunta link para ingresar al formulario de reclamo de PAD: RECLAMOS PAD 2021 

Cabe aclarar que todo docente que no tenga PAD 2021 en el abc o haya cambiado de cargo por MAD, deberá enviar indefectiblemente el formulario 354 completo con todo su desempeño (suplente, provisional y/o titular, en mismo cargo y/o Direcciòn de Enseñanza) incluyendo en dicho formulario las calificaciones obtenidas (desde T.I. hasta 2019 inclusive) y designación de Dest. Def. , MAD y/o Acrecentamiento según corresponda.

Aquellos docentes que no hayan obtenido respuesta en su reclamo de PAD 2020, deberán recurrir el PAD 2021 con la documentación necesaria para su resolución.

INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA:  Las respuestas a los reclamos de PAD 2021 serán notificadas al mail oficial de cada docente y se les recuerda que los reclamos se resuelven durante todo el año. (Desde mayo 2021 a Abril 2022).

Ante cualquier consulta de PAD dirigirse al siguiente mail: 117pad@gmail.com

Consideraciones importantes:

Art 50. A 1) Los títulos habilitantes son valorados para PAD siempre que estén registrados hasta el 30/09/2020 y deben listar en los nomencladores vigentes.

Art 50. A 2 y 3) Los títulos Bonificantes son valorados para PAD que estén registrados hasta el 30/09/2020 y deben listar en los nomencladores vigentes

Art 50. A 4) Para desempeño jerárquico se valoran ciclos lectivos completos (de marzo a diciembre) y en la Dirección de Enseñanza respectiva hasta un máximo de 10 años.

Art 50. B) Para antigüedad de PAD se considera el desempeño en la misma Dirección de Enseñanza y cargo.

Art 53) Establece la antigüedad para el segundo cargo.

Art 50. C) El promedio, es el resultado de la suma del total de las calificaciones obtenidas en el cargo en que reclama hasta dos años anteriores al del Puntaje actual, Art 129.    

IF-2021-10509488-GDEBA-DGADODGCYE – PAD 2021 DOCUMENTO DE APOYO

IF-2021-10509172-GDEBA-DGADODGCYE – PROCEDIMIENTO PAD 2021

formulario 354 antigüedad

SAD 117

CADENA N° 151/2020 – COMUNICACIÓN ACLARATORIA  DE LA SAD PARA RECLAMOS DE PAD 2020

CADENA N° 151/2020

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES 

Referencia:  COMUNICACIÓN ACLARATORIA  DE LA SAD PARA RECLAMOS DE PAD 2020

 Caseros, 10 de septiembre 2020

 

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN

La Secretaria de Asuntos Docentes señala que:

PRIMERO: para  cada docente que deba recurrir su PAD 2020 debe:

1_ INGRESAR al abc con usuario y contraseña; ir a PAD 2020 y solicitar el RECURSO 

2_ Completar el formulario enviado por cadena 150/2020 y esperar la solicitud de documentación por parte de la Sra Viviana para enviarla a pad2020sad117@abc.gob.ar

ATENCION: SI EL PAD 2020 NO SE RECURRE PRIMERO POR LA PÁGINA DEL ABC, NO QUEDARÁ REGISTRADO ESE RECLAMO.

ATTE SAD 117

CADENA N° 150/2020 – CIRCUITO PARA RECLAMOS DE PAD 2020 

CADENA N° 150/2020

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES 

Referencia:  CIRCUITO PARA RECLAMOS DE PAD 2020 

 Caseros, 10 de septiembre 2020.-

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN

La Secretaria de Asuntos Docentes de Tres de Febrero, da difusión al circuito que deberá seguirse para ordenar los RECLAMOS de PAD 2020. 

Quienes necesiten realizar este trámite se solicita rellenar el formulario adjunto al PEI y aguardar la solicitud de documentación que realizará la Sra. Viviana de PAD.

El botón de reclamo también se encontrará activo en la página de la SAD www.sad117.com.ar  en la presente cadena.

Se solicita también leer el documento de apoyo adjunto y se recuerda la Normativa para PAD de acuerdo a la Ley 10.579 y Dto. Reglamentario 2485/92

Art 50. A 1) Los títulos habilitantes son valorados para PAD siempre que estén registrados hasta el 30/09/2019 y deben listar en los nomencladores vigentes.

Art 50. A 2 y 3) Los títulos Bonificantes son valorados para PAD que estén registrados hasta el 30/09/2019 y deben listar en los nomencladores vigentes

Art 50. A 4) Para desempeño jerárquico se valoran ciclos lectivos completos (de marzo a diciembre) y en la Dirección de Enseñanza respectiva hasta un máximo de 10 años.

Art 50. B) Para antigüedad de PAD se considera el desempeño en la misma Dirección de Enseñanza y cargo.

Art 53) Establece la antigüedad para el segundo cargo.

Art 50. C) El promedio, es el resultado de la suma del total de las calificaciones obtenidas en el cargo en que reclama hasta dos años anteriores al del Puntaje actual, Art 129.    

DOC APOYO PAD 2020 IF-2020-19013390-GDEBA-DGADODGCYE

formulario_354_antiguedad_

CADENA N° 148/2020 COMUNICACIÓN de la SAD  sobre PAD 2020:  mail de consultas y mail oficial del abc para enviar las probanzas que se requieran ante reclamos.

 

CADENA N° 148/2020

 

PARA: todos los niveles y modalidades

Referencia:  COMUNICACIÓN de la SAD  sobre PAD 2020:  mail de consultas y mail oficial del abc para enviar las probanzas que se requieran ante reclamos.

 Caseros, 9 de septiembre 2020

 

COMUNICACIÓN SOBRE PAD 2020

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN

Por la presente la SAD de Tres de Febrero solicita comunicar y difundir a la totalidad del personal de su establecimiento que para 

PAD 2020 habrá

  Encargada de de PAD Sra VIVIANA  

un mail de consultas 

117pad@gmail.com

un mail OFICIAL para enviar adjunta documentación para PAD 2020 RECURRIDO

pad2020sad117@abc.gob.ar

No se aceptará documentación que ingrese por otra vía.

En la página del abc, hay un video explicativo y, en la cadena 146, esta el instructivo correspondiente 

No olvidar ingresar con usuario y contraseña para esta acción de consulta y reclamo.de PAD 2020

CADENA N° 146/2020 – NOTIFICACIÓN DE  PAD 2020 A TRAVÉS DE LA PÁGINA DEL ABC

CADENA N° 146/2020

 

PARA: todos los niveles y modalidades

Referencia:  NOTIFICACIÓN DE  PAD 2020 A TRAVÉS DE LA PÁGINA DEL ABC

 Caseros, 8 de septiembre 2020

 

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN

  La SAD de Tres de Febrero envía el ANEXO ÚNICO EN RELACIÓN AL PAD 2020 y adjunto la RSC-2020-18424021-GDEBA-DGCYE  

ANEXO ÚNICO de COMUNICACIÓN PAD 2020 
El Puntaje Anual Docente 2020 se visualizará en el Espacio Web SERVADO PAD, en el período que va
desde el día 8 de septiembre de 2020 hasta el día 22 de septiembre de 2020.

En el período consignado en el párrafo precedente el docente deberá ingresar con su usuario de ABC –
servicio que valida su identidad – al espacio web SERVADO PAD, teniéndoselo en esta instancia por
notificado del Puntaje Anual Docente 2020.

Esta actividad es obligatoria para todos los docentes de la gestión estatal del sistema educativo de la
provincia
.
El docente que acceda a visualizar su Puntaje Anual Docente (PAD) 2020, podrá hacer uso de su derecho a
recurrir dicho puntaje, en el caso que no lo consienta. Para ello, desde el mismo Espacio Web, podrá
realizarlo mediante un botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando dicho puntaje identificado
como RECURRIDO en el SERVADO PAD
.
Complementariamente, todo recurso que desee realizar un docente, deberá ser remitido al correo electrónico
ABC específico para tramitar los recursos por el PAD 2020 de la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD)
del Distrito que corresponda,
 

AL MAIL QUE A LA BREVEDAD SE COMUNICARÁ PARA TAL FIN por este mismo medio y  se visualizará  como  pad2020sad117…. cuando sea habilitado.

 El docente deberá remitir allí el motivo de su disconformidad y adjuntar -digitalizadas- las probanzas que

 respalden su petición, a fin que sea considerado, conforme lo establece el artículo 52° del Decreto 2485/92

 modificado por su similar 441/95.(Los bonificantes que se incluirán en dicha instancia recursiva se obtendrán de parte de la SAD únicamente de la página del abc por ingreso a la docencia)
Este procedimiento será considerado por la Administración, como la formal interposición de un recurso
contra su PAD 2020.
La resolución del recurso, será válidamente notificada al docente mediante el envío a su casilla de correo
electrónico de la plataforma ABC. Asimismo se publicará con la rectificación del PAD que eventualmente
correspondiere, en el Espacio Web SERVADO PAD.
Transcurrido el período indicado en el primer párrafo, sin que el docente hubiere planteado su
disconformidad, de acuerdo a lo expresado en los párrafos anteriores, el PAD 2020 se tendrá por firme y
consentido.
La Administración difundirá ampliamente, por todos los medios disponibles, el período para notificarse y
para poder impugnar el PAD 2020, en caso de disconformidad con su resultado. Los equipos directivos de
los establecimientos educativos deberán remitir la presente normativa a todos los docentes del
establecimiento educativo a su cargo.

 

RSC-2020-18424021-GDEBA-DGCYE