CADENA N° 412/23
PARA: INICIAL- PRIMARIA SECUNDARIA -TÉCNICA |
Referencia:
Comunicado por Situaciones de error por aplicación decreto 900 |
Caseros, 9 octubre de 2023 |
Ante la cantidad de situaciones y problemas con las coberturas por decreto 900; esta SAD solicita dar lectura al siguiente comunicado:
ESTIMADOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN E INSPECTORES
ERRORES QUE ENCONTRAMOS AL AVALAR COBERTURA POR DECRETO 900
- Periodo de designación que no se corresponde con la licencia solicitada por el suplido. Una vez cargada en SUNA, la licencia NO puede modificarse. La designación por Decreto se realiza solo CON LICENCIA APROBADA; entre 2 y 12 días, ni más ni menos.
- Si las licencias de un docente exceden los 12 días, NO puede prolongarse al suplido. Ej Un docente pide 5 días de licencia aprobados y se cubre por decreto; solicita 15 días más. Excede el periodo permitido por Decreto; debe ir por APD.
- Se realizaron designación a docentes JUBILADOS. (Se recuerda que los jubilados, pueden anotarse en listado de emergencia si hubiera necesidad)
- Si un suplido pide 10 días, y solo se le aprueba un día; NO puede cubrirse por Decreto. Se sugiere enviar al APD.
- Designar a distintos docentes para cubrir 4 módulos para un mismo cargo por ej CSC
- Cubrir por decreto días cortados 1 día viernes y 1 día lunes; no puede cargarse por decreto.
SE SUGIERE ESPERAR A TENER LICENCIA APROBADA PARA LA UTILIZACIÓN DEL DECRETO DE MANERA EFECTIVA.
El decreto es claro, licencia Aprobadas en BLOQUE de 2 a doce Días NO más NO Menos.
Recordamos que el DECRETO complementa al APD; no lo suple. Si no se está seguro del periodo de licencia, se sugiere mandar la cobertura al APD.
Se comparte imagen del circuito que ya se difundió por Cadena de la SAD; cualquier duda CONSULTAR. Es importante que el docente designado pueda cobrar lo trabajado.
Secretaría de Asuntos Docentes
Tres de Febrero