CADENA N°189/2023 – PROTOCOLO PARA SOLICITUD 114 H

CADENA N°189/2023 

 

PARA: TODOS

Referencia: PROTOCOLO PARA SOLICITUD 114 H
 Caseros, 31/05/23

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN DEL DISTRITO

La SAD Tres de Febrero envía en adjunto el protocolo recibido desde Calidad Laboral, para la solicitud de  Licencia por art 114 H

Se Transcribe contenido del archivo adjunto; se solicita da lectura y seguir lo requerido en el mismo teniendo en cuenta que, una vez citado a junta el docente LA AUSENCIA A LA MISMA sin justificativo ES FALTA GRAVE

  SOLICITUD Exclusivamente ante DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO, dentro de las 72 hs de haber intervenido la Autoridad Escolar Competente Distrital, ante un caso de la presunción de una enfermedad que por su naturaleza haga procedente el alejamiento inmediato del medio en que desempeña sus funciones un docente o de un auxiliar por razones de profilaxis o de seguridad en beneficio propio, de los alumnos, o de las personas con las que comparte sus tareas.

REQUISITOS DE LA SOLICITUD Estas juntas médicas serán requeridas por autoridad escolar, incorporando a la solicitud copia autenticada del Acta de aplicación del artículo 114 inciso H. 1 en caso del personal docente o Acta de notificación en caso de personal auxiliar, más el informe de seguimiento del desempeño laboral del agente que ha sido alejado de su puesto de trabajo, el que deberá contar con los motivos que tuvo la autoridad escolar para presunción de la existencia de una enfermedad. En caso que el agente desempeñe sus tareas en más de un establecimiento, se requerirá un informe por cada Directivo, y acta de aval a la solicitud del/los Inspectores de Área en el caso de un docente, o del Presidente y/o Secretario Técnico del Consejo Escolar cuando corresponda a un auxiliar. A los efectos de la celeridad del trámite, deberá comunicarse la Solicitud de Junta Médica mediante correo electrónico a clymat_gestion@abc.gob.ar adjuntando la documentación digitalizada.

GESTIÓN PARA EVALUACIÓN EN JUNTA MÉDICA La Auditoría Médica del Departamento Técnico de Gestión y Control de la DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO, verificará el mérito de la solicitud y de corresponder gestionará de inmediato un turno de Junta Médica especializada en el Centro Médico Zonal o Centro Médico Regional que corresponda, comunicando a la Autoridad Escolar interviniente: Lugar, fecha y hora a realizarse el examen médico; teniendo la autoridad escolar a su cargo la notificación fehaciente al agente que fuera apartado de sus tareas habituales por la presunción de una enfermedad.

JUNTA MÉDICA Cuando el objeto de atención clínica del acto médico (informe de seguimiento laboral y examen médico) la junta médica concluye que el caso no se relaciona con un problema de salud, no serán imputadas las inasistencias por razones de enfermedad e indicará el reintegro a las tareas habituales a partir de la fecha de realización de la junta médica. Por otra parte, la Junta Médica especializada en caso de corroborar la existencia de una patología que afecte la capacidad laborativa del agente, aconsejará la licencia que corresponda desde la fecha de aplicación, emitiendo un dictamen de la forma habitual.

COMUNICACIÓN DEL RESULTADO DE JUNTA MÉDICA El dictamen de la Junta Médica especializada se remitirá desde el Centro Médico Zonal o Centro Médico Regional a la DIRECCIÓN DE CALIDAD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO, que previa intervención de la Auditoría Médica del Departamento Técnico de Gestión y Control, comunicará formalmente el resultado del acto médico a la Autoridad Escolar Competente DISTRITAL que inició el trámite, a los efectos del curso de las actuaciones según lo establezca la legislación vigente

Atte

PROTOCOLO 114 H 1 inc 1 (PROFILAXIS) (2)

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero