CADENA N° 248/22
PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES |
Referencia: CONSEJO ESCOLAR: Licencia Maternidad Auxiliares |
Caseros, 22 junio 2022 |
La SAD Tres de Febrero difunde el comunicado del CONSEJO ESCOLAR TDF.
Estimados,
Se reenvía consulta y respuesta de Recursos Humanos sobre la modificación en la licencia por maternidad para que estén informados y sepan cómo proceder.
Consulta:
La licencia por maternidad para auxiliares ya es de 135 días? (decreto 140/22).
Porque nunca nos llegó nada oficial de este decreto.
Respuesta:
EL TEMA DEL DECRETO 140/22 EN REALIDAD ESTÁ PLENAMENTE VIGENTE, POR QUE? PORQUE HAY UNA LEY QUE DICE QUE LOS ACUERDOS PARITARIOS VAN A ENTRAR EN VIGENCIA CUANDO SEAN APROBADOS POR DECRETO Y A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL DECRETO EN EL BOLETÍN OFICIAL. EL ACUERDO PARITARIO ES DE FINES DE 2021. EL DECRETO 140 ES DE PRINCIPIOS DE 2022 Y FUE PUBLICADO EL 24 DE FEBRERO EN EL BOLETÍN OFICIAL CON LO CUAL DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL DESDE EL 25 DE FEBRERO YA ESTÁ EN VIGENCIA LAS LICENCIAS PARENTALES QUE ESTÁN APROBADAS POR EL DECRETO 140/22, POR QUE NO LES FUE COMUNICADO? PORQUE EL SISTEMA INFORMÁTICO NUESTRO TODAVÍA NO FUE ADAPTADO , NO HAY FORMA DE CARGAR LAS LICENCIAS PARENTALES, ESTO NO QUIERE DECIR QUE NO ESTÁN VIGENTES POR EL CONTRARIO ESTÁN PLENAMENTE VIGENTES, PORQUE UN PROBLEMA INFORMÁTICO NO PUEDE ANULAR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. L LICENCIA POR MATERNIDAD ERAN 90 DÍAS POR LA LEY 10430.t.o, AHORA SE ELEVA A 135 DÍAS, NO ES QUE LA LICENCIA POR MATERNIDAD SE HAYA MODIFICADO, SIGUE SIENDO 90 DÍAS PERO HAY UNA LICENCIA QUE SE TOMA A CONTINUACIÓN QUE SE LLAMA «LICENCIA POR ATENCIÓN DEL RECIÉN NACIDO» QUE SON 45 DÍAS MÁS, ENTONCES 45 DÍAS ANTES DEL PARTO, 45 DÍAS DESPUÉS DEL PARTO MÁS 45 DÍAS POR ATENCIÓN DEL RECIÉN NACIDO SON 135 DÍAS. AHORA SE EQUIPARO A LAS TRABAJADORAS DE LA lEY 10430. CON LAS TRABAJADORAS DE LA LEY 10.579, OSEA NO DOCENTES AHORA SON IGUALES QUE LAS DOCENTES. EL CONSEJO ESCOLAR TIENE QUE AVISARLE A LAS TRABAJADORAS QUE SE ENCUENTRAN EN ESTA SITUACIÓN QUE AL NO PODER CARGAR DICHA LICENCIA PODRÍAN SUFRIR ALGÚN DESCUENTO, EN ESE CASO DEBERÁN HACER EL RECLAMO DE MANERA INMEDIATA..SI TOMAN LA LICENCIA DEBEN HACER CONTRALORES ADICIONALES INFORMANDO QUE ESTÁN EN USO DE LICENCIA POR MATERNIDAD PRIMERO Y LUEGO LOS 45 DÍAS FINALES EN USO DE LICENCIA POR ATENCIÓN DEL RECIÉN NACIDO.