CADENA N° 05/2018 -REUBICACIONES TRANSITORIAS 2018

CADENA N° 05/2018 

CADENA N° 05/2018

PARA: Todos los Niveles y Modalidades

Referencia: REUBICACIONES TRANSITORIAS 2018
 Caseros,  07/02/2018


A los Equipos de Conducción:

La Secretaría de Asuntos Docentes de Tres de Febrero solicita notificar bajo acta que se convoca a los DOCENTES DISPONIBLES del Distrito para las REUBICACIONES TRANSITORIAS 2018 en esta SECRETARIA, para el día 19/02/18 según el cronograma de horarios que a continuación se detalla:

DOCENTES EXCEDENTES ESCUELA DE ORIGEN MATERIA FECHA Y HORARIO
LONANO, Valeria EES N° 25 CCD 19/02/18 – 9:00 HS
NAVARRO, Melisa EES N° 4 CCD 19/02/18 – 9:00 HS
ROJO, Juan Manuel EES N° 1 CCD 19/02/18 – 9:00 HS
SALITURO, Silvana EES N° 22 CSC 19/02/18 – 9:00 HS
FIN, Gisela EES N° 14 DER 19/02/18 – 9:00 HS
SAIED, Silvia EES N° 4 MTM 19/02/18 – 10:30 HS
ALI, Karina EES N° 4 CNT 19/02/18 – 10:30 HS
CABRERA SOLARI, Anabel EES N° 25 CNT 19/02/18 – 10:30 HS
JIMENEZ, Gabriel EES N° 7 GOR 19/02/18 – 11:30 HS
CABRERA, Cecilia EP N° 52 AI 19/02/18 – 11:30 HS
GARCIA, Silvia EES N° 25 APV 19/02/18 – 11:30 HS
MARTINEZ, Rubén EES N° 22 y EES N° 1 APV 19/02/18 – 11:30 HS

Se solicita enviar copia de la notificación de esta cadena a esta Secretaría por mesa de entradas el día viernes 16/02  de 8 a 13 hs. para Marina Merlo.

REQUISITOS A TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE LA REUBICACION:

 Los docentes excedentes deberán concurrir con:

a_ SET 1 de disponibilidad, completo y actualizado al 2018 firmado por una autoridad del Establecimiento

b- Declaración jurada horaria 2017

c_ DNI y copia

d_ Copia del PAD (de la página del ABC)

e_ Títulos habilitantes con copia para SAD

f_ Formulario de solicitud de Reubicación Definitiva (librería La Tijera II)

g_ Formulario de Acta de Reubicación Transitoria (librería La Tijera II)

h_ Fotocopia de Oblea de Ingreso a la docencia

g_ 2 folios

En el caso de aquellos docentes que hayan sido reubicados internamente presentarse con copia del SET 1 debidamente certificada por el Establecimiento.

Tener en cuenta lo que estipula el Artículo 22° del Estatuto del Docente:  El tiempo máximo durante el cual se podrá permanecer en disponibilidad es de cinco (5) años. Transcurrido el mismo el docente cesará. Durante el primer año en dicha situación, se percibirán íntegramente los haberes y los restantes serán sin retribución alguna.

 

SAD TRES DE FEBRERO