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CADENA N° 02/2025 INSCRIPCIONES 2025 – LISTADOS 108 A IN FINE / 108 B IN FINE

CADENA N° 02/2025

 

PARA: Todos los Niveles y Modalidades

Referencia: INSCRIPCIONES  2025 – LISTADOS 108 A IN FINE / 108 B IN FINE
 Caseros, 11 de Febrero de 2025

 

A los Equipos de Conducción:

Se les solicita notificar y dar amplia difusión  sobre el ME-2025-04705165-GDEBA-DGADODGCYE  que se adjunta en el que se indica el período

Inscripción para los listados 108 A y B in fine 2025:

 

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN: DESDE EL 17/02/2025  HASTA EL 31/12/2025.

 

1_ A partir del día 17/02/2025 se habilitará en la página de la SAD los links para completar el formulario GOOGLE  en el que se deberá solicitar la inscripción al listado y al que se adjuntará el formulario de inscripción y la documentación respaldatoria en formato PDF o JPG de manera nítida.

2_El aspirante deberá dirigirse PRESENCIALMENTE a la SAD (los días LUNES y JUEVES de 8 a 11.30 hs.) , con toda la documentación requerida, en original (sin enmiendas, borrones o reescrituras sin salvar) y copia, para conformar el legajo del aspirante (En caso de no poder asistir la persona interesada podrá enviar un representante mayor de edad con DNI y autorización)

NO se llevarán a cabo inscripciones con documentación incompleta. 

INSCRIPCIÓN LISTADO 108 A IN FINE (link de acceso a la inscripción 108 A in fine)

REQUISITOS:

E/la aspirante, deberá presentar:

  • Planilla de Declaración Jurada de inscripción. La misma se encuentra disponible en el Portal ABC, SERVICIOS ABC, ingresando al siguiente enlace (Documentos de Descarga – Declaración Jurada IN-FINE): http://servicios.abc.gob.ar/servaddo/puntaje.ingreso.docencia
  • En la DDJJ de inscripción el/la aspirante deberá indicar las opciones de los distritos en los que desea inscribirse. Debe especificar entre ellos el de residencia y/o inscripción, en caso de aspirar a figurar en el mismo, ya que si no lo indica no será incluído en ellos.
  • Distritos Solicitados: en este apartado de la DDJJ el/la aspirante podrá consignar el nombre completo del distrito en letras y/o el número correspondiente haciéndose responsable de lo que indica, ya que la planilla de inscripción tiene carácter de Declaración Jurada. Por ejemplo: Tres de Febrero o 0117. En caso de que el/la aspirante no consigne los distritos en los que desea inscribirse será incluido de oficio en el de residencia y/o inscripción no siendo posible agregar ni modificar en instancia de reclamos.                  Link para consultar los números de los distritos: http://servicios.abc.gov.ar/lainstitucion/consultadistrito/default.cfm
  • Fotocopia de DNI, anverso y reverso.
  • Fotocopia de título/s habilitante/s, registrado/s en la DGCyE, (Consejo Escolar del distrito de residencia, en caso de aspirantes con domicilio en CABA deberá registrarse en la Casa de la provincia de Bs As). De no ser posible el registro de los títulos para el Listado 108 A In Fine, la inscripción será considerada de igual manera. Se tendrá en cuenta lo que consigne el/la aspirante en la Declaración Jurada y la documentación que acompañe.
  • Es de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que establece: “ARTÍCULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina. ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazando para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente”
  • Para este listado serán considerados todos los títulos siempre que se encuentren en el nomenclador vigente. En el caso de que el/la aspirante no cuente con el título correspondiente al momento de la inscripción, se admitirán las constancias de título en trámite de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico de acuerdo al formato oficial (constancia de las 3 firmas) y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). En este caso la constancia deberá ser emitida por la institución correspondiente con la firma de las autoridades de la misma.
  • Se adjunta link de acceso al modelo de constancia disponible en el Portal ABC, SERVICIOS ABC, ingresando al siguiente enlace (Documentos de Descarga – Constancia de Superior):   http://servicios.abc.gob.ar/servaddo/puntaje.ingreso.docencia/
  • Se recuerda la vigencia de la RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE, que podrá ser descargada del siguiente enlace (Documentos de Descarga – Art. 108 IN-FINE Resolución 326-2018): http://servicios.abc.gob.ar/servaddo/puntaje.ingreso.docencia/

INSCRIPCIÓN LISTADO 108 B IN FINE(link de acceso a la inscripción 108 B in fine)

REQUISITOS:

E/la aspirante, deberá presentar:

Tener en cuenta que no es obligatoria la presentación del título secundario, salvo en los casos que su condición de título lo requiera.

  •   Planilla de Declaración Jurada de inscripción. La misma se encuentra disponible en el Portal ABC, SERVICIOS ABC, ingresando al siguiente enlace (Documentos de Descarga – Declaración Jurada IN-FINE): http://servicios.abc.gob.ar/servaddo/puntaje.ingreso.docencia
  • En la DDJJ de inscripción el/la aspirante deberá indicar las opciones de los distritos en los que desea inscribirse. Debe especificar entre ellos el de residencia y/o inscripción, en caso de aspirar a figurar en el mismo, ya que si no lo indica no será incluído en ellos.
  • Distritos Solicitados: en este apartado de la DDJJ el/la aspirante podrá consignar el nombre completo del distrito en letras y/o el número correspondiente haciéndose responsable de lo que indica, ya que la planilla de inscripción tiene carácter de Declaración Jurada. Por ejemplo: Tres de Febrero o 0117. En caso de que el/la aspirante no consigne los distritos en los que desea inscribirse será incluido de oficio en el de residencia y/o inscripción no siendo posible agregar ni modificar en instancia de reclamos.                  Link para consultar los números de los distritos: http://servicios.abc.gov.ar/lainstitucion/consultadistrito/default.cfm
  • Fotocopia de DNI, anverso y reverso.
  • Constancia de alumno/a regular actualizada al momento de la inscripción. Aquellas emitidas con fecha noviembre/diciembre 2023 serán válidas para inscripción febrero/marzo/abril.
  • Las presentaciones posteriores deberán ser actualizadas al ciclo lectivo y/o calendario académico 2024 donde se especifique el porcentaje de materias aprobadas y la condición de alumno/a regular 2024. Cabe aclarar que la condición de alumno/a regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B y su In Fine.
  • Las constancias que consignen que los/as aspirantes hayan aprobado el 100% de las materias y no cuentan con el certificado de título en trámite emitido por la institución educativa, (constancia oficial de las 3 firmas para el caso de institutos superiores dependientes de la provincia de Bs. As.) se considerarán con el 100% de materias aprobadas para el Ítem 1 del listado 108 B. No corresponde la inclusión en el Listado 108 A.
  • Corresponde la inclusión en este listado de los/as aspirantes que presentan títulos de profesionales y/o técnicos sin capacitación docente.
  • Es de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que establece: “ARTÍCULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina. ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazando para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente”

OBSERVACIONES: 

UNA VEZ COMPLETA LA INSCRIPCIÓN EL ASPIRANTE DEBERÁ ESPERAR 5 DÍAS HÁBILES PARA RECIBIR SU OBLEA HABILITANTE QUE LE PERMITIRÁ POSTULARSE A LOS APD.

Por consultas llamar al 4734-0665 de 8 a 13 hs. o al mail [email protected]

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

ME-2025-04705165-GDEBA-DGADODGCYE

CADENA N°01/2025 AMPLIACIÓN PERFILES MODALIDAD ESPECIAL PARA EAV 2025

CADENA N°01/2025

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES 

Referencia:  AMPLIACIÓN PERFILES MODALIDAD ESPECIAL PARA EAV 2025
 Caseros,  3 enero 2025

 

A los Equipos Institucionales y docentes en general la SAD de Tres de Febrero informa que se amplían los perfiles para Cobertura de EAV (Modalidad Especial) a saber:

«En el marco de la RESOC-2024-4498-GDEBA-DGCYE en su Anexo II, en relación a las coberturas de Escuelas Abiertas de Verano para la Modalidad de Educación Especial, se informa que, en los casos que no se cuenten con aspirantes de dicha modalidad, agotadas
las instancias de cobertura, se podrán ampliar los perfiles de otro Nivel y/o Modalidad priorizando a los docentes de la Modalidad de Educación Física
. En el momento de la postulación, el aspirante que no pertenezca a la Modalidad de Especial, aparecerá como “No Registra”, y en cada caso, la SAD deberá verificar su orden
de mérito de acuerdo a los listados vigentes: Listado Oficial, Listado 108 A, 108 A In fine, Listado 108 B, 108 B In fine, priorizando los mismos perfiles que se enmarcan en la
normativa para el cargo de VEF .
1. Docentes de Educación Física para los niveles de Educación Primaria, Educación
Secundaria y Educación Inicial.
2. Docentes de Educación Artística para los Niveles de Educación Primaria, Educación
Secundaria y Educación Inicial.
3. Docentes habilitados para la cobertura de cargos de Maestro en Educación Primaria
En caso de ser necesario se podrá continuar con los perfiles que se priorizan para el cargo
VEF.

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

CADENA N° 588/2024 Extensión del Programa J25H, Resolución 5508/24 y Documento de apoyo

CADENA N° 588/2024 

 

PARA: PRIMARIA

Referencia:  Extensión del Programa J25H, Resolución 5508/24 y Documento de apoyo
 Caseros,  27 de DICIEMBRE de 2024

 

La SAD de Tres de Febrero difunde Nota Extensión del Programa J25H, Resolución 5508/24 y Documento de apoyo para conocimiento y difusión.

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

Nota Extensión de Programa J25H

RSC-2024-45902714-GDEBA-DGCYE

Documento de Apoyo Resolución 5508- 2024 5ta Hora 23 de dic

CADENA N° 587/2024 Calendario de Actividades Docentes 2025

CADENA N° 587/2024 

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES

Referencia:  Calendario de Actividades Docentes 2025
 Caseros,  27 de DICIEMBRE de 2024

 

La SAD de Tres de Febrero difunde la RSC-2024-45972800-GDEBA-DGCYE y su Anexo Único (IF-2024-45092695-GDEBA-SSEDGCYE) por la cual se aprueba el Calendario de Actividades Docentes 2025 para su conocimiento y difusión.

 

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

IF-2024-45092695-GDEBA-SSEDGCYE

RSC-2024-45972800-GDEBA-DGCYE

 

CADENA N° 583/2024 COMUNICADO SOBRE RENOVACIÓN DE TAREAS LIVIANAS Y TAREAS PASIVAS DURANTE EL RECESO DE VERANO 2025

CADENA N° 583/2024 

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES

Referencia:  COMUNICADO SOBRE RENOVACIÓN DE TAREAS LIVIANAS Y TAREAS PASIVAS DURANTE EL RECESO DE VERANO 2025
 Caseros,  20 de DICIEMBRE de 2024

 

A los Equipos de Conducción y docentes en general:

La SAD de Tres de Febrero difunde comunicado sobre renovación de tareas livianas durante el receso de verano 2025 para su conocimiento y difusión.

Saludos cordiales

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

PV-2024-45354394-GDEBA-DPGRHDGCYE (1)

CADENA N° 319/23 – MATERIAL REUNIÓN Y MATERIAL APLICACIÓN DECRETO 900/23

CADENA N° 319/23

 

PARA: TODOS

Referencia:  MATERIAL REUNIÓN Y MATERIAL APLICACIÓN DECRETO 900/23

Caseros, 15 agosto 2023.-

 

LA SAD Tres de Febrero comparte con los Equipos de Conducciones de las Escuelas del Distrito, de acuerdo a lo conversado en la reunión de capacitación para la aplicación del Decreto 900/23 los:
-Modelo de Planilla para notificación de personal
-Modelo de acta de designación
-Modelo de listado institucional (Puede hacerse por formulario GOOGLE siempre que tenga todos los datos solicitados)
-POWERPOINT DECRETO 900/23

RECUERDEN RELEER LA NORMATIVA DEL DECRETO 900/23 Y CONSULTAR EL POWERPOINT

El correo de comunicación para el decreto 900 es:

[email protected]

 

Tiempos de presentación listados:
* Primaria e inicial 22/08/2023
* Resto de los Niveles 25/08/2023

FORMULARIO CONFECCIÓN LISTADO ESCUELA DECRETO 900/23

 

FORMULARIO DE DESIGNACIÓN DECRETO 900/23

Todo el material también estará subido a las páginas de la SAD y el power como video a nuestro canal de youtube

MODELO ACTA NOTIFICACION DECRETO 900

PLANILLA LISTADO INSTITUCIONAL DECRETO 900_23

MODELO ACTA DESIGNACION POR ESCUELA DECRETO 900

DECRETO 900 reunión

Secretaría de Asuntos Docentes

Tres de Febrero

CADENA N°311 – Programa de Fortalecimiento de los Aprendizajes

CADENA N°311 /2022

PARA INICIAL- PRIMARIA- SECUNDARIA Y TÉCNICAS

REFERENCIA:   Programa de Fortalecimiento de los Aprendizajes
7 SEPTIEMBRE  DE 2022

 A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

La SAD de Tres de Febrero informa que:
En el marco de las coberturas de los cargos del Programa de Fortalecimiento de los Aprendizajes, se envía comunicado para su conocimiento e intervención.

El presente correo tiene como finalidad adelantar información, teniendo en cuenta que a la brevedad se notificarán las Resoluciones pertinentes .

Se notifica a los establecimientos educativos que deberán hacer el requerimiento de los respectivos cargos por los medios habituales especificando los datos de días, turnos y horarios para su publicación en relación al comunicado que se adjunta.

Se adjunta la cantidad de cargos y módulos aprobados  por distrito para su conocimiento.

Fortalecimiento hasta el 31/12/2022

ATR aguardar Resolución pertinente.

Atte SAD

 

COMUNICADO FORTALECEDORES-

FTE2S22_R07_Tres de Febrero (1)

cadena 57/21 Comunicado sobre fechas y acciones a considerar para el Contralor Docente».

 

CADENA N° 57/2021 

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES 

Referencia « Comunicado sobre fechas y acciones a considerar para el Contralor Docente«.

 Caseros,29 de marzo  2021

 

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

                        Se remite para toma de conocimiento e intervención de todos los establecimientos educativos  el Comunicado enviado  por el  Lic. Martín Pastrone  Director DGAD.  

Se adjunta IF-2021-07524679-GDEBA-DGADODGCYE – Referencia:» Comunicado sobre fechas y acciones a considerar para Contralor Docente». 

Se envía, en archivos adjuntos, comunicado  producido por la Dirección de Contralor Docente para informar las novedades en relación a Movimiento Anual Docente/Acrecentamiento y Destino Definitivo y planillas ejemplo de los mismos.

                                            Recordar que el procedimiento es únicamente para informar las novedades mencionadas en el párrafo anterior.

 

Transcripción del contenido del IF-2021-07524679-GDEBA-DGADODGCYE – 

Referencia:» Comunicado sobre fechas y acciones a considerar para el Contralor Docente«.

Vista la resolución 634/2021, que establece la agenda vinculada a la finalización de
acciones estatutarias del 2020, se desprenden algunas situaciones a considerar teniendo en
cuenta como finalidad mantener la continuidad de los docentes involucrados:
– Cuando hubiera docentes Titulares Interinos (2020) desplazados por Movimiento
Anual Docente 2021 (MAD) /Acrecentamiento 2021 NO deberán ser cesados, por lo
tanto, quedarán en el establecimiento educativo hasta tanto cada Secretaría de
Asuntos Docentes realice el acto público de Destino Definitivo en los períodos
detallados en la mencionada resolución.
Dicha situación deberá ser informada en el contralor con la novedad de Destino
Definitivo a la Dirección de Contralor para su gestión.
– En caso que existan docentes Titulares Interinos (2020) que no efectivicen su Destino  Definitivo en el 2021 por razones estatutarias, deberán, según corresponda, renovar el  Interinato luego de la finalización de todas las acciones estatutarias.
– Aquellos docentes que hubieran tenido Servicio Provisorio (SSPP) 2020 y hayan  reiterado el pedido para el ciclo lectivo 2021, teniendo en cuenta que su continuidad  es hasta el 31/3, los mismos permanecerán en el destino otorgado en el 2020 hasta
tanto se le otorgue nuevo destino, posterior a los destinos definitivos 2021 y siempre  que hubieran sido notificados de su nuevo otorgamiento.
– En caso que el destino de un SSPP, fuera afectado por un MAD
/Acrecentamiento/Destino Definitivo 2021, el/la docente permanecerá en el  cargo/módulos/horas cátedra que fue designado/a en el año 2020 hasta tanto sea  notificado de su nuevo otorgamiento o denegatoria y se le designe nuevamente un
destino, según corresponda, luego de las acciones estatutarias mencionadas  anteriormente.
La situación detallada deberá ser informada por los equipos directivos a las Secretarías  de Asuntos Docentes y esta a su vez a la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes,  indicando: Distrito, Nombre y Apellido del docente, DNI, Establecimiento Educativo,
cargo/s y secuencias afectadas en HOST, para que se remita a la Dirección de Contralor  evitando así, el perjuicio en los haberes de los docentes involucrados.
Para los nuevos SSPP otorgados para el ciclo lectivo 2021 se procederá con el mismo  criterio, los mismos permanecerán en su origen hasta tanto se finalice con los actos  públicos de Destino Definitivo, una vez concluida esta acción recién será posible
otorgar destino a los mismos.
En todos los casos detallados en los párrafos precedentes, otorgado el destino, la toma de  posesión deberá ser en forma inmediata, en los casos de los Destinos Definitivos otorgados las  tomas de posesión deberán efectivizarse a partir del día 6/4/2021.

Las planillas que se adjuntan para las acciones estatutarias mencionadas son solo a modo de EJEMPLO.

La SAD emitirá a la brevedad un comunicado aclaratorio. 

 

MAD-Proviene De 2021 MAD-Pase A 2021 Acc_Estatutarias_2021 Nuevo (1) ACRECENTAMIENTO 2021 Comunicado fechas y acciones para Contralor Docente Abril 2021 – IF-2021-07524679-GDEBA-DGADODGCYE DEST- DEFIN 2021 Distritos por Contralor

Cadena 55/21 COMUNICADO DE LA SAD PARA  LA SOLICITUD COBERTURAS SUPLENCIAS  EXTRAORDINARIAS POR DISPENSAS LABORALES (RES 1141/21)

 

CADENA N° 55/2021 

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES 

Referencia COMUNICADO DE LA SAD PARA  LA SOLICITUD COBERTURAS SUPLENCIAS  EXTRAORDINARIAS POR DISPENSAS LABORALES (RES 1141/21)

 Caseros,29 de marzo  2021

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

 

Por la presente la Secretaria de Asuntos Docentes de Tres de Febrero informa la modalidad y el circuito que se deberá seguir para solicitar COBERTURAS EXTRAORDINARIAS POR DISPENSAS LABORALES; (ex solicitud por Planilla C ) solo para:   cargos extraordinarios de

 

  •  Maestro de inicial,
  • Maestro de grado de nivel primario 
  • Horas cátedra y módulos de áreas/materias del nivel inicial, primario y secundario para establecimientos educativos de nivel secundario de las modalidades de educación técnica, agraria y escuelas secundarias especializadas en arte.
  • Cargos frente a grupo de la modalidad de educación especial que resulten necesarios para atender la actividad presencial del establecimiento educativo”.

 Para ello cada escuela deberá

         1_ Completar formulario del aplicativo de la página de la SAD para coberturas indicando en observaciones SUPLENTE EXTRAORDINARIO RES 1141/21- Se debe adjuntar probanza de la dispensa aprobada en aplicativo Mis Licencias.  (captura pantalla o imagen clara)

 

Atte SAD 117

 

CADENA 54/21 RESOLUCIÓN 1141/21 modificatoria de la RES 416/21

 

CADENA N° 54/2021 

 

PARA: TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES 

Referencia RESOLUCIÓN 1141/21 modificatoria de la RES 416/21

 Caseros, 27 marzo  2021

 

A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:

Se envía en adjuntos la RESOC-2021-1141-GDEBA-DGCYE modificatoria de la Res 416/21 para conocimiento, difusión  e intervención.

Se informa que la Res mencionada contiene la NUEVO DECLARACIÓN JURADA por SALUD bajo IF-2021-06987214-GDEBA-DPGRHDGCYE – anexo I (1).pdf que deberá ser utilizada a partir del día de la fecha.

 

RSC-2021-07237931-GDEBA-DGCYE (1) (3)

ME-2021-07475914-GDEBA-SSAYRHDGCYE

IF-2021-06988162-GDEBA-DPGRHDGCYE

IF-2021-06987214-GDEBA-DPGRHDGCYE – anexo I (1)